Según la Organización Mundial de la Salud, una de cada cuatro personas ha sufrido alguna clase de trastorno mental o neurológico en algún momento de su vida. En Colombia, según en el último Estudio Nacional de Salud Mental, los trastornos de ansiedad son los de mayor prevalencia dentro de la población general con cifras que alcanzan el 19.3%.
En Colombia el 21 de enero de 2013 se aprobó la ley 1616 que garantiza el derecho a la salud mental de la población y que facilita el acceso a los servicios de salud y la atención adecuada.
Esta ley también abre las puertas para incluir actividades de promoción y prevención especialmente entre niños y adolescentes, con el objetivo de disminuir cifras como las que se presentaron en 2011, en las que el 7,25% de los 1.889 suicidios se presentaron en personas entre los 15 y los 17 años de edad.
El Ministerio de Salud y Protección Social al igual que las Instituciones Prestadoras de Salud, públicas y privadas, deberán establecer protocolos de atención que incluyan un equipo interdisciplinario que pueda satisfacer las necesidades de las personas que sufren de trastornos mentales.
Los aspectos más importantes que incluye la Ley son:
- La adecuación de los servicios en el marco del Plan Obligatorio de Salud (POS).
- El enfoque preferencial a niños y adolescentes.
- La implementación de acciones integrales para prevenir conductas como el acoso escolar, el estigma y la discriminación, la violencia, y la conducta suicida.
- El fortalecimiento de la salud mental comunitaria, involucrando de manera activa a los pacientes, cuidadores, familias y sus organizaciones, y a la misma academia, en las diferentes modalidades de atención en salud mental.
- La creación de una instancia especializada a nivel nacional denominada Consejo Nacional de Salud Mental.